ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA SESIÓN
Originariamente, el fraude fiscal no estaba en el foco de las legislaciones sobre prevención del blanqueo de capitales. Es entrado el S XXI cuando esta situación se ha invertido, fruto de la firme voluntad de los estados de luchar contra el fraude fiscal con todos los medios a su alcance.
Nuestra Ley 10/2010 da el primer paso, al introducir el fraude fiscal como antecedente del blanqueo de capitales. Poco después la Sentencia del Tribunal Supremo nº 2216/2011, caso “Ballena Blanca” incorporaba el delito fiscal entre el catálogo de delitos antecedentes al blanqueo de capitales.
Si embargo, esa misma sentencia cuenta con un sólido voto particular discrepante que disecciona las razones por las que el delito fiscal no solo rompe con la estructura típica del delito, sino que nos fuerza a una interpretación excesivamente casuística que ha conllevado una jurisprudencia variable.
Lo cierto es que tanto el fraude fiscal como el delito de blanqueo derivado del mismo, se nos muestran como uno de los riesgos penales mas transversales y de mayor impacto en un gran numero de personas juridicas y que conviene identificar y evaluar adecuadamente.
La sesión pretende ofrecer herramientas para comprender esta modalidad específica de riesgo de blanqueo, y darle el tratamiento adecuado en nuestros sistemas de Compliance.
PROGRAMA DE LA SESIÓN
I. Estructura típica del delito de blanqueo de capitales.
II. El fraude fiscal derivado del blanqueo de capitales: tratamiento legal y jurisprudencial.
III. El fraude fiscal como antecedente del blanqueo de capitales: normativa nacional e internacional.
IV. La sentencia del caso Ballena Blanca y su voto particular discrepante.
V. Después de la Sentencia 2216/2011: Evolución y casuística jurisprudencial.
VI. Especial mención a los sujetos obligados: Agencia Tributaria y acceso a la información obtenida en los procesos de diligencia debida
DESTINATARIOS
- Compliance Officers
- Abogados, consultores y otros profesionales que estén interesados en profundizar en esta materia y su vinculación con el ámbito del desarrollo de programas de compliance corporativo.
* ESTA SESIÓN FORMATIVA ES VÁLIDA PARA ACREDITAR LA FORMACIÓN CONTINUA REQUERIDA PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE COMPLIANCE CESCOM E iCECOM
El certificado de asistencia se emitirá, siempre que se haya asistido, al menos, al 80% de la sesión en directo. Todas las sesiones son grabadas y podrán visualizarse durante dos meses, desde la fecha de celebración de la sesión.
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FECHA
Miércoles, 4 de Diciembre de 2019
MODALIDAD DE FORMACIÓN
HORARIO
18:30h – 20:00h
NIVEL
HFC*
— horas
PRECIO
40-80€
PROFESOR
FRANCISCO BONATTI
Francisco cuenta con casi veinticinco años de experiencia como abogado penalista, con una fuerte inclinación hacia el Derecho Penal Corporativo, especializado en Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica y modelos de Governance, Risk & Compliance (GRC)
Impulsó, junto con otros profesionales, la fundación del INBLAC -Instituto de Expertos en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo-, del cual lleva la Secretaría de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo. Figura también como Experto Externo en Prevención de Blanqueo de Capitales inscrito en el SEPBLAC.
Actualmente Socio Director de la firma Bonatti Penal & Compliance, es licenciado en Derecho por la EU Abat Oliba y la Universidad de Barcelona. Cuenta además con un Post grado como Experto Tributario, Master en Abogacia de Empresa (CEU San Pablo-Abat Oliba – Barcelona) y Master en Compliance por la Universitat Pompeu Fabra de Barcelona y Carlos III de Madrid.
Comparte habitualmente su experiencia en foros empresariales, profesionales y académicos, fomentando la organización de eventos y seminarios sobre Compliance y también sobre Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo, siendo ponente habitual en mesas y jornadas y colaborador de medios de comunicación escritos y audiovisuales.
Francisco es miembro de la Junta directiva de la Asociación Española de Compliance- ASCOM.