Es evidente que éste es un ámbito de riesgo que debe sin duda contemplarse en los programas de ética y compliance de las organizaciones: los riesgos vinculados a la vulneración de los Derechos Humanos. En su intervención en IECOM el pasado 28 de mayo, Begoña Morales Blanco-Steger profundizó, entre otras cuestiones, sobre los últimos desarrollos normativos, e ilustró sobre cuál es la mejor forma en la que una empresa puede gestionar este ámbito de responsabilidad, que no es solo legal (p. ej. UK Modern Slavery Act) sino también moral.
¿Podría explicarnos como surge la preocupación de la protección de los Derechos Humanos en el ámbito empresarial sobre este tema en la actualidad?
La preocupación surge por las crisis sociales ligadas a las operaciones de las empresas que han surgido desde la década de los 80. Casos como la caída del edificio en Rana Plaza, Bangladesh, en el que murieron miles de personas ligadas al sector textil, el trabajo esclavo en las minas de coltan en Congo, que afectó al sector de la electrónica o el trabajo infantil en la cadena del cacao que afectó al sector del chocolate.
Ante estas situaciones, Instituciones supranacionales como Naciones Unidas, la Sociedad Civil en general y algunas empresas líderes en particular, comenzaron a plantearse el papel de las empresas en la protección de los derechos de las personas vinculadas a las cadenas de valor de sus operaciones.
Más recientemente, el caso de la privacidad de datos de Facebook, abre el debate sobre nuevos derechos vulnerados y el papel que deben tomar ante estas situaciones las empresas que impactan en estos derechos.
¿Qué pueden hacer las empresas para impulsar los derechos humanos en el entorno empresarial?
Lo primero que deben hacer es entender cuál es el impacto de sus operaciones en las personas. Esto se llama el proceso de debida diligencia y afecta a toda la cadena de valor. Es un proceso complejo que las empresas deben hacer apoyadas en agentes de la sociedad civil que conozcan bien las comunidades de los países en que operan las empresas y sean interlocutor válido para los agentes implicados.
Es importante destacar el concepto Cadena de Valor, ya que la debida diligencia afecta a la cadena de suministro, a las operaciones y a la comercialización.
¿Se puede lograr ese respeto a los derechos humanos en todas las áreas de la empresa y sus actividades comerciales?
Depende del tipo de compañía y de sector, esta podrá ejercer una influencia mayor o menor en su entorno. Determinar el alcance de la debida diligencia y hasta donde puede ejercer influencia una empresa es una labor complicada. Por eso se recomienda ir paso a paso, empezar por áreas de trabajo que la empresa controle y en las que pueda ejercer influencia total e ir avanzando. Es importante mirar a los que ya han avanzado, como Nestle o Unilever, y analizar su hoja de ruta para darse cuenta de que estos procesos son de muy largo plazo. Pero lo importante es empezar.
¿Cuál es la metodología a seguir para realizar los correspondientes trabajos?
Naciones Unidas publicó en 2012 una guía para trabajar el impacto de las empresas en los derechos humanos, Los Principios Rectores de Empresa y Derechos Humanos, que aportan una metodología para identificar y priorizar asuntos relevantes en materia de DDHH según el riesgo y el impacto que podrían causar.
Los ámbitos se podrían clasificar en: practicas laborales, impacto en la comunidad, cadena de suministro, privacidad de datos, relaciones con los gobiernos y responsabilidad sobre productos
¿Qué valor añadido que aporta a las empresas una buena gestión en Derechos Humanos?
La buena gestión de Derechos Humanos es un mensaje de visión a largo y de gestión de riesgos. Este mensaje permite a las empresas obtener beneficios como el acceso a más financiación, tanto pública como privada, refuerzo de su Licencia para operar, como el caso de Nestlé en las comunidades agrícolas de Colombia, menos sanciones y menos paradas de producción por crisis reputaciones y acceso a nuevos mercados, como el caso de Unilever en la India.
¿Qué papel juegan en este desarrollo el DJSI (Dow Jones Sustainability Index y la trasposición de la Directiva de Información No financiera a este respecto?
Analistas como el DJSI (Dow Jones Sustainability Index) exigen cada año un reporte más exhaustivo de la gestión de los derechos humanos por parte de las empresas. En Europa, la Directiva de Información No financiera, incluye también el reporte en derechos humanos como un tema exigible para compañías de determinado tamaño o volumen de facturación.
Ambas iniciativas impulsan a las empresas a avanzar en la gestión de derechos humanos, bien por atraer inversión, bien por cumplir con la regulación.
¿Cómo encaja la realización de los ODS, Objetivos de Desarrollo Sostenible y que pueden hacer las empresas para que se logren esos objetivos?
Los Principios rectores de empresa y derechos humanos aportan una hoja de ruta para avanzar hacía los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible). En ambos casos se trata de trabajar el impacto de las operaciones de la empresa en las personas, en el caso de los Derechos Humanos, con el fin de minimizar los impactos negativos y en el caso de los ODS con el objetivo de potenciar el impacto positivo.
Si analizamos la metodología de implantación de los ODS, el sdgcompass (https://sdgcompass.org) veremos que la hoja de ruta para abordar muchos de los ODS, como el 1-Fin de la pobreza o el 2-Hambre cero siempre propone los Principios Rectores como la metodología de trabajo.
Comenzar haciendo una debida diligencia de los impactos de los procesos en las personas para comprender cuáles son y cómo, mediante un diálogo con las partes interesadas, conseguir minimizar los negativos y potenciar los positivos.