Desde su puesta en marcha el pasado 14 de mayo del 2018 la misión del Instituto de Estudios del Compliance (IECOM) esta siendo la de servir de puente entre el ámbito académico y el empresarial.
Para ello está haciendo accesibles las mejores prácticas y líneas de pensamiento (nacionales e internacionales) en aquellas materias y ámbitos de conocimiento que sean relevantes para el diseño, implantación y desarrollo de una función de Compliance eficaz, de calidad y valorada en las organizaciones.
“Su visión es la de ser una institución líder en el ámbito de la formación continua y la concienciación en materia de Compliance y llegar a ser una organización de referencia en materia de conocimiento, de estudio e investigación académica en este ámbito en España”, explica Esperanza Hernández quien hace balance de este último curso académico
¿Qué balance nos puede hacer de este curso sobre las actividades de formación llevadas a cabo a través del IECOM?
Este curso académico hemos puesto en valor la importancia de cuidar la calidad de los ponentes y los contenidos de las sesiones. Se han abordado cuestiones clave para el diseño, desarrollo e implantación de programas de ética y compliance en las organizaciones.
Así, se han impartido sesiones sobre temas esenciales, como por ejemplo, cuáles son los elementos que configuran la cultura corporativa y cómo estos impactan en el desarrollo de una cultura corporativa ética, hemos tratado la importancia de gestionar adecuadamente los conflictos de intereses, cómo elaborar un código ético, cómo gestionar la protección de los Derechos Humanos en la empresa, cómo elaborar los reportes de información no financiera y la necesaria involucración de los equipos de compliance.
También hemos trabajado en cómo llevar a cabo una investigación interna, la relación entre compliance y auditoría interna, Big Data y blockchain, metodologías de reporting y gestión de los riesgos, etc. Y por su puesto, también cuestiones que afectan al ámbito penal y la a responsabilidad penal de la persona jurídica, tales como la correcta identificación de los riesgos penales a los que se enfrenta las organizaciones.
Además, en el modelo de formación ideado, se ha dado mucha importancia a la posibilidad de compartir el conocimiento generado por las investigaciones académicas en este campo. Varios de nuestros ponentes son doctores que han realizado investigaciones en las materias que imparten.
Por ejemplo, Caterina Bulgarella, profesora de la NYU y colaboradora de Ethical Systems, que explicó, junto a Azish Filabi (actual responsable de Investment Stewardship y Corporate Governancede BlackRock), cómo evaluar la cultura corporativa utilizando como base un trabajo de investigación liderado por investigadores de la talla de Linda Treviño o Johathan Haidt; Javier Camacho y José Luis Fernández, de la Universidad Pontificia Comillas, que impartieron la primera sesión de formación del IECOM en junio de 2018, y que versó sobre ética empresarial
También intervino Julia Suderow , profesora en la Universidad de Deusto, experta en derecho de la competencia y que impartió una excelente sesión sobre como hacer una programa de sensibilización utilizando como ejemplo esa tipología de riesgo, o Rafael Aguilera, doctor y profesor en la Universidad Loyola Andalucía, que, fruto de su investigación doctoral, ha incorporado la teoría de juegos al ámbito de la responsabilidad jurídico penal de la empresa. No debemos olvidar que “la práctica debe siempre ser edificada sobre la buena teoría”.
De hecho, uno de los objetivos en los que está trabajando el Instituto de Estudios de Compliance es servir de puente entre el ámbito académico y empresarial.
¿Cómo encaja el modelo formativo de IECOM con las necesidades formativas de los asistentes?
Se trata de un modelo de formación continua. Perseguimos facilitar la puesta al día y actualización de conocimientos en diversas materias que, como expertos en compliance, consideramos que es necesario tener desde un punto de vista práctico y también teórico. Para ello, como ya he destacado más arriba, se realiza una cuidada selección de los ponentes, con amplia experiencia como compliance officer o con amplia experiencia en la práctica profesional de aquellas materias que imparten.
Por otro lado, se ha identificado que el formato webinar es la vía de formación que mejor facilita el acceso a este tipo de formación y la accesibilidad desde otras partes de España, e incluso de Latinoamérica. De ahí que, aunque inicialmente se realizaron formaciones presenciales y en streaming, la segunda opción ha sido la más demandada y es por tanto por la que más hemos apostado en este curso.
Además, este se ha habilitado la posibilidad de inscribirse solo al acceso de las grabaciones de las sesiones, y para el curso que viene se van a poner a disposición de los interesados, bonos exclusivos para el acceso a los vídeos de los webinars.
Por ultimo, quiero destacar el trabajo administrativo que hay detrás de cada sesión y las labores que se llevan a cabo para verificar la asistencia o confirmar visualizaciones para emitir los correspondientes certificados de formación, que pueden ser utilizados por los profesionales para certificaciones profesionales, como, por ejemplo, CESCOM.
El último webinar programado para este curso 2018-2019, analiza como debe gestionarse la materialización de un riesgo de compliance desde el punto de vista de comunicación externa e interna ¿Qué es lo más complicado de poner en marcha?
Creo que lo más complicado, o lo qué más cuesta, es identificar qué puede ser gestionado desde los departamentos o equipos de compliance y qué debe ser gestionado por otras áreas de la organización. En la empresa a veces se hace difícil comprender que no se puede ni se debe trabajar en silos.
Debe existir un flujo adecuado de información desde y hacia los equipos de compliance y el resto de la organización. Y uno de los “partners” deben ser los equipos de comunicación interna y externa de la empresa. Debe existir un protocolo, consensuado, en el que se establezca, como en otras cuestiones, quién hace qué, y quién debe liderar cada fase de un proceso de gestión de un impacto reputacional negativo ocasionado por una mala praxis o un escándalo corporativo.
Un compliance officer debe conocer de la mano de un experto en comunicación externa e interna qué cuestiones deben formar parte de dicho protocolo y que áreas de la organización deben estar involucradas, del mismo modo que los miembros de los equipos de comunicación de las empresas deben conocer y comprender cual es el alcance y objetivos del programa de compliance de su organización.
¿Qué consejo le da a los compliance officer en materia de formación? ¿Qué tienen que hacer para actualizar conocimientos?
Mi consejo es evidente: no dejar nunca de formarse. Esto es algo que yo misma siempre he puesto en práctica a lo largo de mis ya casi 20 años de experiencia profesional en compliance, y creo que es esencial para poder desarrollarse profesionalmente y lograr la excelencia. Además, gracias a las nuevas tecnologías, los profesionales actuales tienen ahora muchas más posibilidades de acceder a información y documentación.
Es importante y necesario asistir a cursos presenciales, conferencias y congresos (especialmente porque estas actividades permiten interactuar con otros profesionales y compartir experiencias que sin duda enriquecen el crecimiento profesional), pero también se puede acceder a formación disponible a través de vídeos (como los que ASCOM ha puesto recientemente a disposición de cualquier interesado, a través de su página web). También es esencial que los profesionales desarrollen un espíritu crítico.
En este sentido me gustaría llamar la atención sobre la necesidad de valorar la experiencia profesional y los conocimientos de los ponentes y seleccionar solo aquellos cursos en los que quienes impartan las sesiones cuenten con acreditada experiencia práctica en la materia.
Además, como ya he indicado en otras ocasiones, la función de compliance es claramente multidisciplinar. Estamos ante un nuevo ámbito profesional. Una nueva profesión que excede el ámbito estrictamente jurídico que parece haber adoptado tras el reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
La formación debe cubrir, por tanto, un amplio abanico de ámbitos y disciplinas. Conocer y comprender el marco legal y regulatorio es fundamental, pero no es suficiente. Como digo a mis alumnos que proceden de la práctica de la abogacía, para ser un buen compliance officer hay que quitarse la “gorra” de abogado de empresa y ponerse la de gestor de riesgos y cultura corporativa.
No debemos olvidar que, como el propio Código Penal indica, estamos hablando de implantar “modelos de organización y gestión”, y, por tanto, estamos ante una actividad muy vinculada a la organización y gestión empresarial.
Obtener una exoneración de responsabilidad penal o evitar una sanción de un regulador no debería ser sino la consecuencia de, además de contar con un buen asesoramiento jurídico y/o defensa legal, un adecuado sistema de gestión de los riesgos de que se vulneren el marco legal y los principios y valores éticos adoptados voluntariamente por la organización.
Y esto debe formar parte del ADN de la empresa, ser un elemento clave de su estrategia e impregnar su cultura corporativa. Desde el Instituto de Estudios de Compliance esperamos contribuir a que así sea.