¿Qué es UBS y como articula el papel del compliance officer en su interior?
UBS es el mayor banco privado a nivel mundial. En España presta servicios de banca privada y de inversión. Mi función es asegurar que los riesgos derivados del cumplimiento de la normativa de mercados financieros, a la vez asegurar el riesgo de la reputación asociada a la actividad bancaria y asegurar que no entramos en ningún elemento de corrupción, blanqueo de capitales por nuestra actividad.
¿Cuál es su día a día a nivel profesional?
Mi trabajo diario tiene dos elementos básicos. Uno primero, denominado business alive implica que debemos estar muy cerca del negocio. El compliance dentro de UBS se percibe como una función que asesora en el día a día en el negocio. No hay mejor riesgo que aquel que no se entra. Se trata que el compliance sea una parte más de la toma de decisiones.
El otro elemento de esa actividad diaria tiene que ver con que cualquier decisión que se toma es nueva. No se basa en criterios anteriores. De esa forma la aceptación de un cliente, lanzar un nuevo producto u operación hay que estudiarla desde el principio desde el punto de vista del cumplimiento normativo para evitar cualquier riesgo.
¿Qué temas le preocupan a la hora de realizar su trabajo como compliance officer que es?
En el ámbito financiero, nos preocupa la nueva regulación de blanqueo de capitales la implementación de la directiva MIFID. Y hay otro elemento que tiene que ver con el riesgo electrónico y todo lo concerniente a las nuevas tecnologías. Somos conscientes que la mejor prevención viene de la formación. Y ahí UBS trabaja con todos sus profesionales para minimizar riegos.
Se trata de ciberseguridad o la compaginación de la función del compliance en las nuevas tecnologías. Un compliance officer es un project manager que debe asumir cada vez más riesgos. De ahí que en muchas de las empresas hablemos de un órgano colegiado de trabajo para asumir todos esos asuntos y adecuar la actividad de la empresa a esa regulación específica que en este caso es más financiera.
¿Qué ventajas tiene pertenecer a ASCOM y acudir a un Día del Compliance Officer como el que acabamos de celebrar?
Estamos satisfechos desde la Junta de ASCOM del resultado de este II Día del Compliance Officer. La jornada ha servido para contactar con otros compañeros con preocupaciones parecidas en su actividad de responsable de cumplimiento.
Muchos de los temas que se han abordado en estas jornadas son comunes a nuestra actividad, lo que cambia es el enfoque se da en tu empresa o entidad. Lo fundamental es intentar, entre todos, incorporar las buenas prácticas que a hay a diario en cada sector. Al final el supervisor cuando me examine a mí, lo que va a ver también es que hacen otras entidades de mi mismo sector. Por eso es bueno el intercambio de información.
¿Es partidario de un Estatuto jurídico que regule la figura del compliance officer y delimite su responsabilidad en su actividad diaria?
El éxito de una función de compliance está en la Alta Dirección de la compañía y en el compromiso que asuma en materia de cumplimiento. Que sepan trasmitir al resto de la organización lo importante que es apostar por esa función de cumplimiento normativo.
Compromiso que al mismo tiempo se extiende gracias a la formación que se imparte a todos los niveles en la empresa y a la tarea de responsables de cumplimiento que en muchos casos supervisan la calidad de dichos programas formativos.
Sobre esta pregunta en concreto, le diría que en el caso de los compliance officer que trabajamos en entidades financieras tenemos muy asumido nuestras competencias por la normativa de mercado de valores. Eso es necesario para el resto de los sectores que han apostado por el cumplimiento normativo. Se trata de definir ese marco para que los responsables de cumplimiento realicen su trabajo con independencia y sin presiones.
Habrá que ver que tercero, Ministerio de Economía o de Justicia, entiende por compliance y cómo puede regular esta actividad profesional. Es muy necesario, sin lugar a dudas, tanto a nivel laboral, cuál es el encaje dentro del organigrama y también a nivel de responsabilidades que se puedan derivar en el caso que en el seno de la firma surja un problema legal.