¿Qué es Clifford Chance y cómo se articula la figura del Compliance Officer en su seno?
Clifford Chance es una firma internacional líder en la prestación de servicios jurídicos, con presencia en los cinco continentes. Avalada por más de 35 años de experiencia en el mercado español, cuenta con oficinas en Madrid y en Barcelona. Con un equipo de profesionales altamente cualificados y profundamente comprometidos con la excelencia técnica y la capacidad de servicio, trabajamos en coordinación con otras jurisdicciones, participando en las principales operaciones y litigios de ámbito nacional e internacional lo que nos sitúa como firma líder del mercado por nuestra combinación de liderazgo internacional y profundo conocimiento local.
Como firma global de referencia para los clientes más exigentes, estamos seriamente comprometidos con nuestra responsabilidad en materia de cumplimiento normativo y de la ética profesional. En este sentido, y aunque la función principal de compliance está centralizada en nuestra sede central en Londres, cada oficina local cuenta con personal cualificado y dedicado a apoyar y a desarrollar estas funciones asegurando así el cumplimiento de la normativa aplicable en todo momento. Así, la figura de compliance, presente en todas nuestras oficinas, la conforman sujetos con autoridad suficiente, debidamente formados y cualificados, que actúan conforme a criterios de independencia y altos estándares éticos.
¿Cómo se incorporó a ese puesto? ¿Cuál es su día a día?
Mariola Machado, en tanto que representante de la función de “compliance” en las oficinas españolas, se incorporó hace cuatro años en respuesta al objetivo de la firma de reforzar el compliance a nivel local y de ayudar a consolidar la cultura de compliance y de ética profesional a través de la cercanía a nuestros profesionales.
Mariola Machado ha obtenido la certificación de CESCOM y su día a día consiste en la implantación, revisión y seguimiento de distintos ámbitos del plan de compliance de la firma. Entre sus responsabilidades se encuentra la supervisión de los procesos internos de aceptación de clientes, la revisión de las políticas internas, la identificación de nuevos riesgos de incumplimiento, la implementación de controles así como el correspondiente reporte al órgano de gobierno local, a sus distintos niveles directivos y al equipo de compliance central, entre otros.
¿Qué rasgos debe definir a un Compliance Officer en una empresa o entidad?
Un conocimiento profundo de la empresa, un claro compromiso con la cultura empresarial y una formación especializada. Esta formación especializada debe ir necesariamente acompañada de la experiencia requerida y adquirida en el ámbito del compliance.
Pero además el Compliance Officer debe ser una persona íntegra e imparcial, dotada de independencia respecto a los demás órganos de la empresa, y con capacidad de liderazgo, comunicación y coordinación.
¿Qué le aporta a su firma patrocinar este evento? ¿Cómo ve esta relación con ASCOM?
Clifford Chance, como firma, tiene un fuerte compromiso con el compliance y creemos firmemente que podemos ayudar a nuestros clientes a implantar y mantener una cultura de compliance dentro de sus empresas. Patrocinar este evento es una muestra de este compromiso con el compliance y con nuestros clientes en este ámbito.
ASCOM está haciendo una labor importantísima impulsando el compliance en nuestro país. Tener la oportunidad de apoyarles en este evento nos ayuda a estar más cerca de la asociación, que es un referente nacional de compliance.
¿Qué espera del próximo Dia del Compliance Officer y su celebración?
El compliance es una disciplina que está evolucionando muy rápido en España. Además, como cualquier área del Derecho, está en constante cambio normativo, doctrinal y jurisprudencial. Ello nos obliga a estar al día de las tendencias en todo momento.
Tenemos la suerte de contar con el ejemplo cercano de países con una fuerte tradición en compliance, pero consideramos que es todavía más útil poder compartir con otros grandes profesionales del compliance las experiencias y tendencias del mercado nacional. Esto es lo que esperamos ocurra durante este evento.
¿Es necesario que estos profesionales tenga un estatuto jurídico propio para delimitar su responsabilidad?
La figura del Compliance Officer es muy particular. Algunos se atreven a definir al personal de compliance como la policía interna de una empresa.
Por ello, creemos que, de un lado, existe la posibilidad de entender que tienen unas responsabilidades propias de cualquier otra profesión y, por lo tanto, un estatuto propio no aportaría demasiado. Al igual que no hay un estatuto propio de Director Financiero (CFO), tampoco tiene por qué haberlo de Compliance Officer (CCO).
Ahora bien, en nuestro país es una figura de reciente y limitada regulación, por lo que, de otro lado, ciertos sectores de la doctrina defienden que una mayor regulación sería positiva para determinar el alcance de su responsabilidad, que a día de hoy es discutido. Además, se compara la figura del Compliance Officer con la del Delegado de Protección de Datos (pudiendo coincidir ambos en una misma persona, pues la protección de datos personales es un área del compliance), y como esta última es objeto de mayor regulación y definición que aquella.
Quizás no sea necesario que tengan un estatuto jurídico, pero si lo tuvieran posiblemente beneficiaría y aportaría mayor seguridad jurídica a la profesión.