Partidos políticos y Compliance Officer

Escrito por Gustavo A. Matos Expósito, socio de ASCOM.

En el año 2016 el Juzgado de Instrucción Número 32 de Madrid dictó resolución por la que por primera vez en nuestro país un partido político era formalmente imputado en un procedimiento penal, estrenado con ello la modificación legal introducida por la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modificó la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, e introdujo la responsabilidad penal de los partidos políticos y los sindicatos, acabando así con el privilegio que hasta ese momento determinaba la inimputabilidad criminal de las organizaciones políticas.

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