Canales de Denuncia tras la Ley de Protección del Informante: Mejores prácticas

Estado inscripción
No inscrito
Precio
50-90 €
Fecha
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ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA SESIÓN

Los canales internos de comunicación que permiten a los profesionales de la organización (u otras partes interesadas) reportar malas prácticas o irregularidades, o consultar dudas sobre la aplicación del código ético y/ o de conducta u otras políticas que regulan conductas, es uno de los elementos clave para vital para la eficacia del programa de compliance y para el desarrollo de una cultura corporativa saludable. 

Sin embargo, el diseño, puesta en marcha y gestión diaria del canal, genera a su vez importantes retos y dificultades, incluidos riesgos legales, que, si no son debidamente abordados, pueden limitar sustancialmente la eficacia del propio canal e incluso generar problemas adicionales. La entrada en vigor de la nueva Ley de Protección del Informante (Ley 2/2023) plantea nuevos retos al introducir nuevos requisitos que deben contemplarse en el funcionamiento de estos canales, pieza clave de un programa de Compliance eficaz.

Bajo este contexto, los objetivos de esta sesión serán: 

  • Facilitar la comprensión sobre la finalidad y objetivos de un canal de denuncias
  • Analizar los aspectos clave a tener en cuenta a la hora de establecer un canal de denuncias, especialmente en empresas que operan en diferentes jurisdicciones y a la luz de la nueva Ley de protección del Informante
  • Explicar los elementos necesarios para establecer un canal de denuncias efectivo
  • Facilitar recomendaciones prácticas a la hora de gestionar un canal de denuncias

PROGRAMA DE LA SESIÓN

  1. Orígenes y regulación normativa de los canales de denuncia.
  2. La Directiva europea de protección al informante (DIRECTIVA (UE) 2019/1937).
  3. Los canales de denuncia en España. Especial mención a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupciónImplantación de un canal de denuncias: requisitos y recomendaciones. Especial referencia a canales de denuncia en empresas multinacionales.
  4. Recomendaciones para gestionar un canal de denuncias de forma eficiente.

DESTINATARIOS

  • Compliance Officers
  • Abogados, consultores y otros profesionales que estén interesados en profundizar en esta materia y su vinculación con el ámbito del desarrollo de programas de compliance corporativo.
  • Personas, que, habiendo obtenido alguna de las certificaciones de compliance CESCOM® o iCECOM, estén interesadas en acceder a la formación continua necesaria para su actualización.

FECHA

Miércoles, 6 de MARZO de 2024

MODALIDAD DE FORMACIÓN

WEBINAR

HORARIO

14:30h – 16:00h

NIVEL

Medio

HFC*

1,5 horas

PRECIO

50-90€

PROFESOR

Pía de la Cuesta

Regional Compliance Officer Europa & Africa en TK Elevator (antes Thyssenkrupp) desde 2015, asesorando en materia de antitrust, anticorrupción, blanqueo de capitales y control de exportaciones, inicialmente para España y Portugal (Iberia) y desde enero de 2020 para Europa y África.  Previamente a su incorporación a TK Elevator, trabajó como abogada en la filial española del grupo suizo Holcim y posteriormente como Compliance Officer en su central de Zúrich. 

Con anterioridad a su experiencia en multinacionales, trabajó como abogada especializada en Derecho Comunitario y de la Competencia en Garrigues y en CMS Albiñana & Suárez de Lezo.

Actualmente compagina su actividad profesional con la docencia como Profesora Asociada de Derecho de la Competencia en la Universidad Carlos III de Madrid, así como en cursos y programas de formación en Compliance (Universidad de Deusto), habiendo participado como ponente en diversas conferencias y eventos especializados esta materia.

Pía es licenciada en Derecho por la Universidad de Salamanca y posee un posgrado en Derecho Comunitario por la Université Libre de Bruxelles.

* ESTA SESIÓN FORMATIVA ES VÁLIDA PARA ACREDITAR LA FORMACIÓN CONTINUA REQUERIDA PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE COMPLIANCE CESCOM E iCECOM

El certificado de asistencia se emitirá, siempre que se haya asistido, al menos, al 80% de la sesión en directo. Todas las sesiones son grabadas y podrán visualizarse durante dos meses, desde la fecha de celebración de la sesión.

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INTERNATIONAL FEDERATION OF
COMPLIANCE ASSOCIATIONS (IFCA)

Una gran ventaja para los certificados CESCOM es que obtienen también la acreditación Internationally Certified Compliance Professional (ICCP), reconocido por las asociaciones miembro de IFCA

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