Compliance y Sostenibilidad en PYMES: Caso comparado España- Chile

En el entorno empresarial actual, la sostenibilidad y el cumplimiento normativo son cruciales para un crecimiento ético y responsable. Aunque muchas grandes empresas han integrado estas prácticas estratégicamente, las PYMES enfrentan desafíos para adoptarlas plenamente.

En el paisaje empresarial actual, la sostenibilidad y el cumplimiento normativo no solo han encontrado su lugar, sino que se han convertido en pilares fundamentales para un crecimiento empresarial ético y responsable. Muchas organizaciones han integrado estratégicamente estas áreas como parte fundamental de su operativa, sin embargo, este enfoque aún no se ha generalizado en el ámbito de las PYMES.

 

A pesar de que las grandes empresas han liderado el camino en la implementación de prácticas sostenibles y de cumplimiento, las PYMES todavía enfrentan desafíos significativos para adoptar plena y estratégicamente estas prácticas.

 

Diferenciación regulatoria del Compliance en grandes empresas y PYMES

 

Distintas legislaciones distinguen en relación con el tamaño de la empresa a la hora de establecer obligaciones de Compliance. En España, por ejemplo, el artículo 31 bis apartado 3 del Código Penal permite que las funciones de supervisión del modelo de prevención de delitos sean llevadas a cabo por el órgano de administración en las PYMES, reconociendo las limitaciones de recursos y dificultades que enfrentan en comparación con las grandes corporaciones, en las cuales la supervisión del cumplimiento del modelo de prevención recae en un órgano con poderes autónomos dentro de la persona jurídica.

 

Se destaca, además, la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, que permite a las PYMES adaptar los modelos de organización y control a su estructura y recursos, manteniendo la proporcionalidad y sin justificar la eliminación de componentes esenciales de los programas de prevención de delitos.

 

En el caso chileno, el artículo 4 de la ley 20.393 sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, señala los elementos (a lo menos) que debe contener el modelo de prevención de delitos.

 

En su numeral primero, de designación de un encargado de prevención, señala que éste deberá contar con autonomía respecto de la administración de la persona jurídica, pero en el caso de personas jurídicas cuyos ingresos anuales no excedan de cien mil unidades de fomento[1], el dueño, el socio, o el accionista controlador podrán asumir personalmente las tareas del encargado de prevención.

 

Asimismo, el numeral segundo señala que los recursos y medios materiales necesarios para realizar adecuadamente sus labores, se tiene en consideración el tamaño y capacidad económica de la persona jurídica.

 

El análisis costo/beneficio en las PYMES

 

Integrar el Compliance en una PYME trae no solamente el beneficio de eximirse o de atenuar su responsabilidad penal para la persona jurídica en sí, sino que también, mejora su reputación y relación con otras empresas, clientes, terceros interesados, proveedores, y con toda gran empresa que extiende su Compliance a sus otras partes contratantes, lo que les brinda una ventaja competitiva.

 

Además, facilita la contratación pública, en la obtención de financiación, y ahorra costos en responsabilidades derivadas de delitos, no cubiertos por los seguros de responsabilidad civil. Estos beneficios son importantes de considerar al evaluar el costo de implementar el programa de Compliance.

 

Por otra parte, en materia de sostenibilidad, como en todas las actividades empresariales, no hay garantías de que mejorar el desempeño ambiental, social o de gestión empresarial conduzca automáticamente al éxito. Sin embargo, integrar la sostenibilidad en las estrategias básicas de la empresa facilitará la capacidad para reconocer riesgos y aprovechar oportunidades que derivarán en el éxito.

 

Al aplicar criterios de sostenibilidad, las empresas pueden beneficiarse de varias maneras: reduciendo costos al mitigar impactos ambientales y mejorar las condiciones laborales; aumentando ingresos al beneficiar al medio ambiente y a la economía local; reduciendo riesgos mediante la implicación de partes interesadas; ganando una reputación positiva al mejorar la eficiencia ambiental; generando capital humano al mejorar la gestión de recursos humanos; y facilitando el acceso al capital al mejorar la gestión empresarial.

 

Aunque los argumentos empresariales en favor de la sostenibilidad dependen de la región y del tamaño de la empresa; las PYMES, por sus características propias, ponen el hincapié en el ahorro de costos, aunque la implementación de medidas sostenibles podría beneficiarlas con mayores ingresos y un mejor acceso a los mercados, especialmente a través de productos y servicios ambientales.

 

Es una gran oportunidad para éstas, en mejorar la competitividad e innovar, e inclusive crear nichos de mercado rentables, como por ejemplo, la agricultura orgánica, productos forestales certificados, ecoturismo o un comercio equitativo.

 

Al igual que en el ámbito del Compliance, la regulación sobre sostenibilidad también varía dependiendo del tamaño de la empresa, lo que marca una diferencia significativa en cómo se aplican estas normativas, pero cuidado, que eso no significa que una PYME queda exonerada o no le sean aplicable ciertas normas o bien, que indirectamente no le repercutan regulaciones que son propias de las grandes empresas.

 

Un claro ejemplo, sería la nueva aprobación por el Parlamento Europeo de la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, el cual exige a las empresas y a sus socios en toda la cadena de actividades que tomen medidas para evitar, mitigar o reducir su impacto negativo.

 

Su ámbito de aplicación es en empresas de la Unión Europea con más de 1.000 empleados y que facturen más de 450 millones de euros. Pero atención, pues aunque la normativa no se aplique directamente a las PYMES, podrían sentir los efectos si están vinculadas a empresas que sí están sujetas a estas regulaciones.

 

Por lo tanto, al asociarse con dichas empresas, las PYMES podrían ser afectadas de manera indirecta, lo que podría requerir la implementación de políticas de diligencia debida específicas, especialmente en áreas como el medio ambiente, los derechos humanos y la gobernanza.

 

En el caso de Chile, existe la norma Nº461 de la Comisión para el Mercado Financiero, que incorpora temáticas de sostenibilidad y gobierno corporativo en la Memoria Anual de las empresas supervisadas por este ente, como son las sociedades anónimas abiertas que superen ciertos umbrales en activos totales y de las sociedades anónimas especiales, como bancos, entidades de infraestructura financiera, compañías de seguros y administradoras generales de fondos.

 

Sin embargo, como se mencionó anteriormente, cuidado con las PYMES que están vinculadas a estas empresas supervisadas, pues también podría afectarles indirectamente, lo que podría requerir la implementación de políticas de ASG (o ESG) y cumplimiento.

 

En definitiva, el panorama empresarial actual, para directivos, administradores o emprendedores, materias como finanzas, contabilidad, tecnología, recursos humanos, marketing y legales son fundamentales.

 

Sin embargo, en este mundo cada vez más consciente, la sostenibilidad y el cumplimiento se han vuelto igualmente indispensables. Ya no son solo complementos, sino pilares esenciales para la viabilidad a largo plazo de cualquier organización, y en especial un desafío necesario de incorporar para las PYMES.

 

Ahora bien, para la adopción de medidas sostenibles en una empresa resulta conveniente que su dirección previamente interiorice ciertos conceptos, además del marco regulatorio que le aplica y logre familiarizarse con las distintas herramientas gubernamentales y privadas (por ejemplo, certificaciones, agencias y programas estatales) que puedan aportar financiamiento y asesoría técnica a organizaciones y proyectos con desarrollo sostenible. La comprensión de los beneficios e incentivos para la implementación de estas materias es determinante.

 

Asimismo, en un programa de Compliance es esencial analizar tanto el contexto interno como externo de la organización, y para una PYME -a diferencia de una gran empresa- es crucial evaluar los recursos disponibles, que van desde el personal capacitado hasta las herramientas tecnológicas adecuadas en la función de Compliance. Al aprovechar estos recursos de manera efectiva, la empresa puede establecer un programa de Compliance sólido y adaptado a sus necesidades específicas.

[1] Unidad de valor que se ajusta diariamente de acuerdo A la inflación (según el Índice de Precios al Consumidor), funciona como un índice de reajustabilidad. En abril de 2024, una UF equivale a 38 euros aproximadamente.

Galardón Maza

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