Dña. Sylvia Enseñat de Carlos, Presidente ejecutiva de ASCOM, y Dña. Victoria Ortega, Presidenta de Unión Profesional, han firmado el 3 de marzo de 2022 un convenio de colaboración entre ambas instituciones.
El objeto del convenio es establecer un marco estable de colaboración entre ASCOM y Unión Profesional en el que las partes se comprometen a colaborar para profundizar en el desarrollo y la difusión del Compliance entre las profesiones colegiadas y sus organizaciones colegiales. Con tal objetivo, ambas asociaciones se comprometen a colaborar de manera activa en la puesta en marcha y desarrollo de cuantas actividades y proyectos sean de interés común, incluido el intercambio de información, conocimientos y experiencias.
Con el objeto de satisfacer los objetivos definidos en el convenio, ambas instituciones se comprometen a:
- Actuar conjuntamente como referencia del compliance respecto al ejercicio de las profesiones de los distintos sectores o ámbitos profesionales.
- Fomentar los valores profesionales, la ética y la deontología profesional entre los profesionales del Compliance y visibilizar el valor de la visión integral y multidisciplinar de la gestión de los riesgos de Compliance por parte de las corporaciones colegiales y sus profesionales.
- Unir sus esfuerzos con el fin de analizar e investigar en las distintas áreas de interés común en el ámbito del Compliance con el objetivo de realizar estudios o informes cuyos fines sean susceptibles de ser compartidos.
- Elaborar un modelo de referencia sobre la mejor aplicación de la función de compliance dirigido y adaptable a las corporaciones colegiales y sus profesionales. Para su implementación más adecuada se han de identificar y potenciarlos dos planos principales de interés:
- Compliance, factor inherente al Buen Gobierno de las corporaciones colegiales: Este es el plano corporativo relativo a la gobernanza, fundamentada en la ética, y que aplica la función de compliance. El propósito de este plano es enriquecer la gobernanza de estas entidades, caracterizada por la elevada complejidad e interrelación de las normas que les afectan, y la ejemplaridad en el cumplimiento que han de manifestar.
- Código deontológico como factor de comportamiento y cumplimiento de los profesionales colegiados: Este plano consiste en defender la independencia de criterio profesional o autonomía facultativa frente a imposiciones de terceros, cuando es por cuenta propia y, asimismo, cuando ejerce por cuenta ajena, particularmente cuando son empleadores públicos y privados. El propósito de este plano es defender la independencia y autonomía del profesional frente a terceros cuando lleva a cabo la función de compliance.
- Realizar actos conjuntos, jornadas o seminarios de formación desde una perspectiva transversal, con el fin de potenciar y avanzar en sus objetivos comunes. Y, asimismo, informar y participar en actos que organice cada una de las asociaciones con terceras instituciones y entidades.
- Colaborar en la difusión y comunicación de sus actividades y acciones, tanto de las que cada una realice de manera independiente y sean de interés común para ambas partes, como las que organicen conjuntamente.
- Cooperar en cuantas otras acciones sean de interés común.
Confiamos que con la firma de este convenio se establezca un canal de comunicación fructífero para ambas partes.